El “Responsable” proveerá gratuitamente al “Titular” los medios necesarios para hacer valer sus derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición a sus Datos Personales y Datos Personales Sensibles (en lo sucesivo los Derechos “ARCO”), a través del envío de un correo electrónico pacífico y respetuoso dirigido al “Responsable” quien gestionará las solicitudes de derechos “ARCO” a través del correo electrónico que se menciona a continuación:
Correo electrónico: contacto@playerasking.com.mx
El “Titular” deberá ejercer cualquier modalidad de derecho “ARCO” mediante el envío de un correo a la dirección electrónica señalada en los datos del párrafo anterior. Dicho correo electrónico deberá cumplir los requisitos contemplados en el artículo 29 de la “Ley”, que son:
- El nombre del “Titular” y domicilio u otro medio para comunicarle la respuesta a su solicitud;
- Los documentos que acrediten la identidad del “Titular” o, en su caso, la identidad y acreditación de su representante legal;
- La descripción clara y precisa de los datos personales, respecto de los que se busca ejercer alguno de los derechos antes mencionados, y;
- Cualquier otro elemento o documento que facilite la localización de los datos personales.
Para el caso de las solicitudes de rectificación el “Titular” deberá indicar las modificaciones a realizarse y aportar la documentación que sustente su petición.
El “Responsable” comunicará al “Titular” su respuesta, respecto de la procedencia o imposibilidad de la solicitud, en un plazo de 20 (veinte) días hábiles, contados desde la fecha en que recibió la petición. En caso de que resulte procedente, el “Responsable” deberá implementarla dentro de los 15 (quince) días siguientes de aquel en que haya notificado su procedencia. Estos plazos podrán ser ampliados en una sola ocasión, por causa justificada, debiendo el “Responsable” informar al “Titular” la situación oportunamente. Estas notificaciones se enviarán al “Titular” a la misma dirección electrónica desde la cual haya hecho llegar su solicitud de derechos “ARCO”.
El “Titular” tendrá la obligación de actualizar sus Datos Personales y sus Datos Personales Sensibles, con el fin de evitar algún conflicto en el tratamiento de los mismos en el futuro.
El “Responsable” podrá negar el acceso a los derechos “ARCO”, en los siguientes supuestos con fundamento en el Artículo 34 de la “Ley”:
- Cuando el solicitante no sea el “Titular” de los datos personales o de los datos personales sensibles, o el representante legal no esté debidamente acreditado para ello;
- Cuando en su base de datos no se encuentren los datos personales del solicitante;
- Cuando se lesionen los derechos de un tercero;
- Cuando exista un impedimento legal, o la resolución de una autoridad competente que restrinja el Acceso a los Datos Personales o que no permita la Rectificación, Cancelación u Oposición de los mismos;
- Cuando la Rectificación, Cancelación u Oposición haya sido previamente realizada.
El “Responsable” comunicará al “Titular” su respuesta por correo electrónico en un plazo de 20 (Veinte) días hábiles, contados desde la fecha en que el “Responsable” haya acusado de recibido la solicitud del “Titular” para ejercer sus derechos “ARCO”.
De acuerdo al artículo 26 de la Ley, el “Responsable” limitará el uso de los Datos Personales y los Datos Personales Sensibles a petición expresa del “Titular”, y no estará obligado a cancelar dichos datos cuando:
- Se refiera a las partes de un contrato privado, social o administrativo y sean necesarios para su desarrollo y cumplimiento;
- Deban ser tratados por disposición legal;
- Obstaculice actuaciones judiciales o administrativas vinculadas a obligaciones fiscales, la investigación y persecución de delitos o la actualización de sanciones administrativas;
- Sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del titular;
- Sean necesarios para realizar una acción en función del interés público;
- Sean necesarios para cumplir con una obligación legalmente adquirida por el titular, y
- Sean objeto de tratamiento para la prevención o para el diagnóstico médico o la gestión de servicios de salud, siempre que dicho tratamiento se realice por un profesional de la salud sujeto a un deber de secreto.